201609.13
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Adios al libro de visitas

En el día de ayer se  publicó la Orden ESS/ 1452/2016, de 10 de junio, por la que se regula el modelo de diligencia de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Con esta Orden Ministerial, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social elimina definitivamente el ‘libro de visitas’, tanto en formato papel como en formato electrónico, que debían conservar las compañías con las inspecciones de Trabajo recibidas.

Esta Orden  recoge el nuevo modelo para la extensión de las diligencias realizadas por los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sirve para dejar constancia de las actuaciones inspectoras realizadas  en los centros de trabajo o en comparecencia de las empresas en las oficinas de la Inspección.

A partir de ahora, los inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los subinspectores Laborales, cuando realicen las visitas a los centros de trabajo, extenderán diligencia en el modelo previsto en el anexo de la Orden y podrán utilizarse los medios electrónicos, se extenderá una diligencia por cada visita o comprobación, reflejando las materias o aspectos examinados y demás incidencias concurrentes, que deberá ser conservada durante 5 años.

Para acceder a la Orden Ministerial y al modelo de diligencia, pinche aquí


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